Rawls los menciona dos elementos a lo largo de su
escrito, y para él a través de ellos se forma la autodenominada Teoría de la
justicia:
“Principio de libertades o de distribución de
igual número de esquemas de libertades para todos. Cada persona debe tener un
derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas que sea compatible
con un esquema semejante de libertades para los demás.
Principio
de diferencia. Las desigualdades económicas y sociales habrán de ser
conformadas de modo tal que a la vez que: a) se espere razonablemente que sean
ventajosas para todos, b) se vinculen a empleos y cargos asequibles para
todos.” (Correas Masini, 22)
Primeramente se refiere al principio de
libertades, a través del cual nos quiere
dar a entender que cada uno de los miembros de la sociedad cuenta con los
mismos derechos que el resto, es decir, propone una administración equitativa
de los derechos y por tanto de las libertades sobre el conjunto de ciudadanos.
Equitativo significa decir que distribuye libertades extensivas a igual número
de personas y en la misma cantidad para todos. Creo yo que lo que trata de
explicarnos Rawls con su concepto de libertad, es un concepto similar a
“igualdad de oportunidades”.
Después nos habla del concepto de diferencia;
Este se refiere a las desigualdades que surgen en la sociedad, pues si bien nos
dice que las libertades deben ser equitativas, esto no quiere decir
automáticamente que no vayan a existir desigualdades sociales o económicas. Que
se justificaran por esfuerzos individuales como posteriormente veremos. Sin
embargo lo que Rawls nos trata de ilustrar es que a través de estas
desigualdades, que existen y seguirán existiendo en la sociedad, y lo que
debemos de hacer es controlarlas, enfocarlas de modo que nos puedan ser ventajosas
a todos y entonces se reflejen en la igualdad de libertades que propone.
El concepto de
libertad también se refleja en los siguientes principios:
- Ciudadanía: Para Rawls este es un deber moral, y no legal, por medio de este los individuos de una sociedad tendrán la facultad para exigir a otros miembros que cumplan con sus deberes sociales. De esta exigencia, previo cumplimento de los deberes personales nacerán la igualdad y la concordia con la que deberán de comportarse y autorregularse en sociedad. Rawls considera a las personas como libres e iguales, por lo tanto tienen la capacidad de actuar de manera racional y son capaces de organizarse libremente para construir una sociedad ideal.
- Formación Institucional: La estructura básica de esta sociedad la formaran personas libres y racionales, por tanto es importante la formación institucional (educación), para que se percaten de las ventajas que el sistema ofrece y de manera libre y racional decidan unirse a él. No por obligación, sino por mera convicción. Estas instituciones conjuntamente con la justicia servirán para regular el ejercicio de las libertades de los ciudadanos.
- Justicia en la Política económica: hacía referencia a un sistema de cooperación, en este se aceptaran desigualdades de ingresos, prestigio, fama, etc. Esta desigualdad estará justificada por la igualdad de oportunidades en la que comienzan todos los miembros de la sociedad. Sin embargo esta desigualdad surge y se justifica con el éxito, el cual a su vez es generado por los méritos, como elecciones y esfuerzos de quien lo gana, y por tanto no es asignado sino ganado.
- Constructivismo: hace referencia a la elaboración de un sistema ético social, con principios de la justicia política, el utilitarismo, y el intuicionismo. Estos principios éticos son referentes por supuesto a la regulación de las libertades en la sociedad. A través de estos principios igualmente Rawls se propone regir a la sociedad, para mantenerla de cierta manera ordenada.
Finalmente llego a la conclusión que para Rawls
la libertad nace de la razón intrínseca en cada individuo, es una idea, y esta
libertad debe ser enfocada correctamente a través de los medios necesarios
(instituciones, justicia, sistemas éticos, etc.) para que evitar que se
convierta en libertinaje. Rawls esta tan consciente del peligro de brindarle
libertad ilimitada a cada individuo por tanto propone limitar esa libertad a
través de la justicia. Entonces bien si todos tendremos las mismas libertades,
a su vez todos deberemos de tener las mismas restricciones impuestas por la
justicia, manteniendo de esta manera la armonía de la sociedad.
Bibliografía:
RAWLS, Theory of
justice. Revised edition, FCE, 2006 (6ª reimpresión de la 2ª edición).
http://www.uia.mx/actividades/publicaciones/iberoforum/2/pdf/francisco_caballero.pdf (Ciencia
Política I. CABALLERO, Francisco)
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1339/4.pdf MASSINI CORREAS, Carlos (2004) Constructivismo
ético y justicia procedimental en John Rawls. 1° Edición. 2004. México:
Instituto de investigaciones jurídicas UNAM.
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